La Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Dña. Paula Machado Martínez y ha condenado al Servicio Murciano de Salud a abonarle 75.000 euros (incluidos intereses), por la deficiente asistencia sanitaria recibida tras una intervención quirúrgica de tobillo que derivó en una grave lesión del nervio peroneo.
La sentencia nº 44/2026, dictada el 12 de febrero de 2026 por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, declara la existencia de mala praxis por retraso en el diagnóstico y tratamiento de un síndrome compartimental agudo que provocó una lesión incompleta del nervio peroneo profundo, con secuelas permanentes.
Los hechos se remontan al 12 de noviembre de 2019, cuando la paciente, residente en Murcia y con 45 años en ese momento, fue intervenida en el Hospital Morales Meseguer de Murcia mediante artroscopia y técnica de Broström para tratar una inestabilidad lateral crónica y una lesión osteocondral del tobillo izquierdo.
En los días posteriores a la cirugía, la paciente acudió en varias ocasiones a urgencias por dolor intenso, inflamación y limitación funcional. El 23 de noviembre de 2019 ya presentaba signos claros de afectación neurológica, entre ellos parestesias y pie en posición de equino, síntomas compatibles con un síndrome compartimental que exigía actuación urgente.
Sin embargo, según recoge la sentencia, no se realizaron pruebas de imagen con la inmediatez que el cuadro clínico requería, demorándose el diagnóstico definitivo hasta el 5 de diciembre, cuando una resonancia magnética evidenció un hematoma organizado que comprimía el nervio peroneo profundo. La intervención descompresiva no se practicó hasta el 9 de diciembre.
El Tribunal concluye que no puede atribuirse la lesión nerviosa a una mera complicación quirúrgica prevista en el consentimiento informado, sino al retraso en el diagnóstico y tratamiento del síndrome compartimental, lo que constituyó una infracción de la lex artis.
En palabras de la propia resolución:
“Cabrá atribuir aquella lesión incompleta del nervio peroneo profundo no a una complicación de la intervención (…) sino al retraso en el diagnóstico del síndrome compartimental que impidió acometer con anterioridad el tratamiento adecuado (…) y este retraso cabrá reputarlo como mala praxis.”
Como consecuencia de dicha mala praxis, la paciente presenta secuelas permanentes consistentes en lesión incompleta del nervio peroneo profundo, dolor neuropático crónico, cojera y necesidad de ortesis antiequino, circunstancias que incluso han motivado el reconocimiento de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de cocinera.
La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El caso ha sido dirigido por el letrado Eduardo Forte Berrier (abogado especialista en negligencias médicas), del despacho FORTE BERRIER ABOGADOS.